TRAMITACIÓN NUEVA CLAVE FISCAL – PRORROGA

TRAMITACIÓN NUEVA CLAVE FISCAL – PRORROGA

RESOLUCION GENERAL 2288

 

 

Tal como lo anticipó la A:F.I.P. en  el Comunicado de prensa Nº 2182 que dispuso ampliar por 60 días los plazos previstos para tramitar las nuevas claves fiscales, mediante la presente Resolución General se establecen las nuevas fechas de vencimiento, como así  también se introducen adecuaciones a fin de facilitar su aplicación.

 

·         Se incorpora Modelo de Nota para el caso en que la representación legal de la persona jurídica sea plural, a los efectos de designar uno de los representantes legales.

·         Se incorpora la figura del “Administrador de Relaciones Apoderado” para los apoderados de personas físicas con discapacidad  permanente o incapacidad física, personas físicas en el exterior y personas jurídicas cuyo representante legal se encuentre imposibilitado de Actuar como Administrador de Relaciones.

 

CRONOGRAMA DE VENCIMIENTOS

 

Personas Jurídicas

 

TERMINACION CUIT

MES

0  ó  1

     Hasta el 28 de Setiembre de 2007 inclusive

2  ó  3

     Hasta el 31 de Octubre de 2007 inclusive

4  ó  5

     Hasta el 30 de Noviembre de 2007 inclusive

6  ó  7

     Hasta el 28 de Diciembre de 2007 inclusive

8  ó  9

     Hasta el 31 de Enero de 2008 inclusive

 

 

RECORDAMOS

 

*Las personas jurídicas, para interactuar con los servicios informáticos habilitados, deberán hacerlo a través de la “Clave Fiscal” de su representante legal.

 

*Se determinan diferentes niveles de seguridad ( del 1 al 4 ) según el tipo de procedimiento de registración y autenticación necesarios para la obtención de la clave fiscal.

 

*Para obtener la clave fiscal se crea  la herramienta informática “Administración de relaciones”.

 

*El Administrador de relaciones es la persona física que interactúa y utiliza los servicios informáticos, en nombre propio o como representante legal de una persona jurídica en nombre de ésta.

 

* Para ser Administrador de Relaciones como representante legal de una persona jurídica, la clave deberá  tener un nivel 3.  El nivel de seguridad se consulta entrando con la clave fiscal al servicio “Administrador de Relaciones. Si no se posee el nivel 3 se deberá solicitar a la A.F.I.P., que eleve el nivel de seguridad, mediante Multinota. La Multinota podrá ser presentada por un tercero autorizado mediante Formulario Nº 3283. Las firmas de la Multinota y del Form. 3283, deben estar certificadas por Banco o Escribano.

 

*El representante legal deberá solicitar en la Agencia en que se encuentra inscripto, su habilitación como Administrador de Relaciones de cada persona física a la que representa.

La solicitud la puede efectuar un tercero autorizado mediante Formulario Nº 3283.

Algunas Agencias están requiriendo una Multinota de la empresa en la que conste la designación del Administración de Relaciones.  Las firmas de la Multinota y del Form. 3283, deben estar certificadas por Banco o Escribano.

 

*Luego de habilitado el representante legal, como Administrador de Relaciones, deberá entrar con su clave fiscal al servicio “Aceptación de designación”, y deberá aceptar la designación del cargo de “Administrador de Relaciones” habilitado.

 

*Para interactuar con los servicios informáticos, el representante legal deberá dar el alta a los servicios con los que necesite interactuar.  Para ello deberá entrar con su clave fiscal al servicio “Administración de Relaciones” , entrar en “Nueva Relación” y seleccionar el servicio correspondiente.